La Agència Catalana del Consum y AUTOCONTROL firman un Convenio de Colaboración en materia de actividad publicitaria y consumo

La Agència Catalana del Consum y AUTOCONTROL firman un Convenio de Colaboración en materia de actividad publicitaria y consumo
Marina Gordillo

Madrid, 19 de mayo de 2021 – La Agència Catalana del Consum y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) han firmado un acuerdo en materia de actividad publicitaria y consumo, en el que se actualiza el marco de cooperación existente entre ambas entidades, con el fin de contribuir a un mejor desarrollo de la actividad publicitaria, para la que es competente, a efectos de control, la Agencia Catalana de Consumo.

Según este nuevo acuerdo, que responde a la valoración satisfactoria por ambas partes del modelo de corregulación desarrollado a partir del primer convenio suscrito en 2014, AUTOCONTROL asume el compromiso de mantener regularmente informada a la Agència Catalana del Consum sobre las decisiones que adopte el Jurado de la Publicidad, así como sobre su actividad de control previo voluntario de la publicidad.

Asimismo, la Agència Catalana del Consum podrá solicitar a AUTOCONTROL, en el marco de una actuación administrativa o judicial, información sobre si una determinada pieza publicitaria ha obtenido un informe de asesoramiento previo positivo (Copy Advice® positiva); así como si ha sido objeto de un pronunciamiento por parte del Jurado de la Publicidad.

Adicionalmente, sin merma de las facultades inspectoras y sancionadoras de la Agència Catalana del Consum, ésta con carácter previo a la eventual iniciación de una actuación administrativa o judicial contra una determinada comunicación comercial contraria a la ética publicitaria podrá instar la actuación de AUTOCONTROL, que la tramitará y resolverá conforme a los procedimientos establecidos en el Reglamento de su Jurado y dará traslado a la Agencia del resultado de sus actuaciones. El convenio también prevé que en la tramitación de expedientes administrativos relacionados con anuncios concretos que se hubieran sometido a las decisiones de AUTOCONTROL, la Agència Catalana del Consum, podrá, salvo prueba en contra, presumir que los responsables de esos anuncios actuaron de buena fe cuando se hubieran sujetado a esas decisiones, como sería el caso de un Copy Advice® positivo.

Por último, el acuerdo también establece que se constituirá una Comisión de Seguimiento del mismo formada por dos representantes de la Agència Catalana del Consum (uno de los cuales actuará como presidente) y dos representantes de AUTOCONTROL (uno de los cuales actuará como secretario). Esta Comisión se reunirá de forma periódica con el fin de realizar un seguimiento constante del desarrollo y aplicación de este acuerdo.