AUTOCONTROL colaborará con el Ayuntamiento de Madrid en el control de la actividad publicitaria

AUTOCONTROL colaborará con el Ayuntamiento de Madrid en el control de la actividad publicitaria
Marina Gordillo

El pasado 18 de septiembre AUTOCONTROL suscribió un convenio de colaboración con el Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias de la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo

Madrid 03/10/2017 . –  El pasado 18 de septiembre, Almudena Román, Presidenta de AUTOCONTROL, suscribió un convenio de colaboración en materia de publicidad con José Javier Barbero Gutiérrez, Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid. El objetivo de este acuerdo, el primero que la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial firma con un Ayuntamiento, es facilitar y permitir el seguimiento efectivo de la actividad publicitaria para la que es competente a efectos de control en Madrid este área de Gobierno, a través de la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo.

A lo largo del texto del convenio se destaca que los sistemas de autorregulación publicitaria gozan de un reconocimiento legal a nivel comunitario y nacional, convirtiéndose en una importante vía, complementaria de la administrativa y judicial, para hacer un control efectivo de la publicidad. En este sentido, se destaca el alto nivel de eficacia que ha alcanzado AUTOCONTROL en la resolución de controversias en materia de publicidad, así como el alto grado de credibilidad y autoridad técnica del que goza.

De conformidad con este convenio, se prevé que sin menoscabo de sus competencias, la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo, tanto con carácter previo a la iniciación de cualquier actuación administrativa o judicial en materia de comunicaciones comerciales, como durante su tramitación, podrá solicitar a AUTOCONTROL información sobre si una determinada campaña publicitaria ha obtenido un informe de Copy Advice®  positivo – tras revisión de la misma antes de ser difundida -, o si ha sido objeto de un procedimiento de resolución de reclamaciones por parte del Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL u otro órgano equivalente. En caso afirmativo de cualquiera de los dos supuestos señalados, la Asociación informará con prontitud a la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo, remitiéndole copia de las correspondientes actuaciones.

Asimismo, se ha acordado que, sin perjuicio de las facultades inspectoras y sancionadoras de la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo, ésta, antes de la iniciación de un proceso administrativo o judicial contra una determinada campaña contraria a la ética publicitaria, podrá instar la actuación de AUTOCONTROL, que la tramitará y resolverá conforme a los procedimientos establecidos en su reglamento, y que dará traslado inmediato a esta Dirección del resultado de sus actuaciones.

Adicionalmente, en el convenio se hace constar expresamente que, de nuevo sin perjuicio de sus competencias, en la tramitación de expedientes administrativos relacionados con anuncios concretos que han sido sometidos a los procedimientos de AUTOCONTROL, la Dirección General del Instituto Municipal de Consumo podrá presumir, salvo prueba en contra, que los responsables de esos anuncios actuaron de buena fe cuando se hubieran sujetado a esas decisiones.

Finalmente, con el objetivo de hacer un seguimiento del funcionamiento de este acuerdo, en el texto del mismo también se establece la creación de una Comisión Mixta de Seguimiento, que se reunirá periódicamente durante la vigencia del convenio.