| Número 152 |
Mayo de 2010
|
|
|
Noticias
|
Fernando Valdés, nuevo Presidente de AUTOCONTROL
|
|
Fernando Valdés Bueno ha sido elegido nuevo Presidente de AUTOCONTROL por la recién nombrada Junta Directiva, durante la 15ª Asamblea General de la Asociación, celebrada el pasado 20 de abril en la Fundación Caja Madrid. Fernando Valdés sustituye en el cargo a Juan Astorqui Portera, que deja la presidencia por finalización del periodo de mandato, tras cuatros años al frente de la Asociación. Los miembros de la Asamblea le dedicaron una cálidas palabras de agradecimiento por la magnifica gestión realizada y su contribución a la implantación de la Asociación. Licenciado en Ciencias Químicas por la Universidad Complutense de Madrid, desde 2006 Fernando Valdés ocupa el puesto de Director General de Campofrío España. Anteriormente trabajó durante 19 años en la empresa Unilever donde ocupó varios puestos: Brand Manager, Trade Marketing Manager, Jefe Nacional de Ventas, Director de Ventas, y finalmente Director General de la División de Productos de Hogar y Consumo Personal de Unilever España. Además, ha ocupado el cargo de Presidente de la Asociación Española de Anunciantes (AEA) durante 4 años, ha sido miembro del Consejo Asesor de RTVE, en representación de la AEA y Presidente del Jurado de los Premio EFI en 2009. La 15ª Asamblea General de AUTOCONTROL contó con la presencia de los principales representantes del sector publicitario en España (medios de comunicación, anunciantes y agencias). Durante la misma, el Director General de AUTOCONTROL, José Domingo Gómez Castallo presentó el informe de gestión de la Asociación en 2009, que fue aprobado por los presentes. Entre los datos más reseñables de la actividad de AUTOCONTROL en 2009 destaca, la baja conflictividad que existe en el sector de la publicidad en España, que continúa reduciéndose en 2009; el escaso número de casos tramitados como consecuencia de reclamaciones y el aumento de las consultas previas antes de la emisión de un anuncio. Por último, durante la Asamblea se acordó por los presentes el inicio del proceso de actualización del Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL, para adaptar su contenido a la nueva Ley de Competencia Desleal y al Código de la Cámara Internacional de Comercio aprobado recientemente.
|
|
Renovación parcial de la Junta Directiva de AUTOCONTROL
|
|
En la 15 ª Asamblea General de AUTOCONTROL se procedió a cubrir las vacantes que había en la Junta Directiva. Posteriormente, la nueva Junta Directiva cubrió las vacantes que había en el Comité Ejecutivo, además de nombrar al Presidente. Así los Vicepresidentes son: José Manuel Zamorano García, Director de Imagen y Publicidad Corporativa de CEPSA; Fructuoso Moreno Escobar, Presidente de TBWA España, S.A.; Rafael García Gutiérrez, Director General de la Asociación para el Autocuidado de la Salud (ANEFP) y Pablo San José Sanz, Director General Comercial y Publicidad, de Ediciones Primera Plana, S.A. Como Tesorero ha sido nombrado José María Sanabria Luengo, Presidente de GROUPM.
|
|
Últimas plazas para el 12º Curso de Iniciación al Derecho de la Publicidad organizado por AUTOCONTROL
|
|
AUTOCONTROL organiza en Madrid la 12ª edición de su tradicional "Curso de Iniciación al Derecho de la Publicidad", previsto para los días 12, 19 y 26 de mayo y 2 de junio. En un año donde se han producido significativos cambios en el sector jurídico publicitario, se hace más necesaria que nunca la convocatoria de una nueva edición de este Curso. De este modo, durante el curso, se estudiará el contenido y repercusiones de la nueva Ley de Competencia Desleal, reguladora de las prácticas comerciales engañosas y agresivas y que modifica la Ley General de Publicidad y la Ley de Competencia Desleal; así como de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que cambiará el panorama televisivo actual. Pero además, durante el curso, se estudiarán las repercusiones de futuras nuevas leyes como el Anteproyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Por otra parte, en esta 12ª edición se ha intentado dar respuesta a las nuevas necesidades surgidas en el sector, con este fin, y en relación a los nuevos formatos publicitarios, se ha introducido una ponencia sobre "La publicidad comportamental y en las redes sociales". También "La publicidad con alegación ambiental" será objeto de estudio en esta nueva edición. Así mismo, y por petición de la industria, se ha ido más allá del contenido publicitario incorporando tres nuevas ponencias: "Contratación publicitaria y Derecho de imagen"; "Marcas y publicidad" y "La publicidad y la protección de los consumidores en la contratación". Para analizar todos estos temas AUTOCONTROL contará con un panel de expertos de primer orden en cada una de las materias. El Curso va dirigido tanto a aquellos profesionales que quieren conocer las normas que regulan el sector jurídico publicitario en nuestro país, como aquellos que están interesados en conocer las últimas novedades legislativas del sector y su repercusión, teniendo en cuenta que se trata de una materia en constante evolución. El Curso de Iniciación al Derecho de la Publicidad de AUTOCONTROL se ha convertido en un referente en el sector, por lo que cada año el número de solicitudes supera al de plazas disponibles. Más información: www.autocontrol.es ó marina.gordillo@autocontrol.es.
|
|
AUTOCONTROL organiza el Seminario "La regulación de las comunicaciones comerciales en la nueva Ley General Audiovisual"
|
|
Tras la reciente aprobación de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que cambiará el panorama audiovisual español, AUTOCONTROL ha considerado necesaria la celebración de un Seminario que ofrezca una visión clara del nuevo marco normativo y de este modo facilite a la industria publicitaria su aplicación y cumplimiento. Con este objetivo, AUTOCONTROL organiza el próximo día 21 de junio el Seminario "La regulación de las comunicaciones comerciales en la nueva Ley General Audiovisual". Durante la jornada, se explicará el contenido de la nueva Ley así como los cambios que trae consigo su aprobación en el marco jurídico publicitario. De este modo se estudiarán, entre otras materias, el régimen jurídico general de la publicidad en televisión; las comunicaciones comerciales prohibidas en la Ley General de la Comunicación Audiovisual; la identificación de la publicidad, sus límites cuantitativos e interrupciones publicitarias; el derecho al patrocinio y al emplazamiento de producto; el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales y el régimen sancionador; así como los derechos del menor y la autorregulación publicitaria. Para analizar todos estos temas AUTOCONTROL contará con un panel de expertos de primer orden en cada una de las materias. El Seminario va dirigido tanto a anunciantes, como a agencias de publicidad, medios de comunicación, despachos de abogados y asociaciones empresariales del sector. Más información e inscripciones en: www.autocontrol.es, 91 309 66 37 ó en marina.gordillo@autocontrol.es
|
|
El TJCE permite la obligatoriedad de la conciliación previa en comunicaciones electrónicas
|
|
Mediante Sentencia de fecha 18 de marzo de 2010, el Tribunal de Justicia Europeo da respuesta a dos peticiones de decisión prejudicial, cuyo objeto era la interpretación del principio de tutela judicial efectiva, en relación con una normativa nacional que establece una tentativa de conciliación extrajudicial obligatoria, como requisito de admisibilidad de las acciones judiciales en determinados litigios entre proveedores y usuarios finales incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 2002/22/CE, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas. Tal Directiva ya contempla, en su Considerando 47 y en su artículo 34, la conveniencia de establecer procedimientos eficaces para la solución de litigios que opongan, por una parte, a los consumidores y, por otra, a las empresas que prestan servicios de comunicaciones disponibles al público, que respeten lo establecido en las Recomendaciones 98/257 y 2001/310/CE. En el año 2003, a través de un Decreto Legislativo, la República italiana adoptó su Derecho interno a la citada Directiva. Años más tarde, la Autoridad garante de las comunicaciones aprobó el Reglamento relativo a la resolución de litigios entre operadores de comunicaciones y usuarios finales (en lo sucesivo, "Reglamento de resolución"). En este Reglamento de resolución se instauraba, como requisito obligatorio previo al acceso al recurso judicial, un intento de conciliación previa -incluso por vía telemática- ante la Administración competente, o bien ante los órganos de resolución extrajudicial competentes en materia de consumo reconocidos en Italia. El inicio de unas actuaciones relacionadas con la normativa antes citada, llevó al órgano jurisdiccional italiano a plantear ante el Tribunal Europeo si el carácter obligatorio de la conciliación, tal y como vienen regulada, puede constituir un obstáculo para el ejercicio de los derechos de los usuarios finales. Así pues, el Tribunal de Justicia declara que el artículo 34 de la Directiva 2002/22/CE, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro en virtud de la cual los litigios en materia de servicios de comunicaciones electrónicas entre usuarios finales y proveedores, relativos a los derechos conferidos por dicha Directiva, deben ser objeto de una tentativa de conciliación extrajudicial obligatoria como requisito de admisibilidad de las acciones judiciales.
|
|
El Consejo Audiovisual de Andalucía impone varias sanciones por vulneración del horario protegido
|
|
El Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha impuesto una sanción de 3.000 euros al operador municipal Interalmería Televisión, por emitir imágenes de sexo explícito en horario de protección de menores. Se trata de la primera vez que el CAA sanciona a un operador local de titularidad pública. Asimismo, el CAA también sanciona con 500 euros a El Ejido TV por anunciar bebidas alcohólicas de más de 20 grados y con 1.500 euros a M95 (Marbella) por emitir imágenes fijas pornográficas. Por otra parte, el Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) ha sancionado, en pleno de 17 de marzo, al prestador UTE Amics de Mare Nostrum Televisió-Tarraco Visió, que explota comercialmente el Canal 45 TV Reus-Més TV. El CAC ha emitido dos acuerdos en los que impone una sanción de 90.001 euros y un día de suspensión de actividad, al entender que el Canal 45 TV Reus-Més TV ha cometido una infracción muy grave regulada en el artículo 132.c de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual de Cataluña (LCA).
|
|
|
Colaboración
|
Aspectos fundamentales de la regulación de la publicidad en la Ley General de la Comunicación Audiovisual.
|
|
Mª del Rosario Fernando Magarzo
|
|
Directora Técnica y de la Asesoría Jurídica de Autocontrol. Profesora Titular Interina de la Universidad Complutense de Madrid.
|
|
|
|
Resoluciones
del Jurado
|
Procter&Gamble España, S.A., "Gillette"
|
|
Resolución de 15 de marzo de 2010 de la Sección Tercera del Jurado por reclamación presentada por BDF Nivea, S.A frente a una publicidad del producto "Hidratante Energizante Gillette Series" difundida en prensa, de la que es responsable Procter&Gamble España, S.A. por considerar que constituía un supuesto de publicidad engañosa (norma 14 del Código de Conducta Publicitaria) y contraria a la norma sobre ensayos comparativos (norma 18). La Sección Tercera del Jurado estimó parcialmente la reclamación y declaró vulnerada la norma 18 del Código.
|
|
Reckitt Benckiser España, S.L., "Cillit Bang"
|
|
Resolución de 22 de febrero de 2010 de la Sección Quinta del Jurado por reclamación presentada por Procter & Gamble España, S.A. frente a una publicidad de la que es responsable Reckitt Benckiser España, S.L. La Sección estimó la reclamación por entender que la publicidad vulnera las Normas 3.3 (ilegibilidad de los mensajes) 14 (veracidad) y 21 (denigración) del Código de Conducta Publicitaria. Contra dicha resolución Reckitt Benckiser España, S.L. interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno del Jurado mediante Resolución de 15 de marzo de 2010.
|
|
Danone, S.A., "Activia hinchazón"
|
|
Resolución de 11 de febrero de 2010 de la Sección Segunda del Jurado por reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación frente a una publicidad del producto Activia difundida en televisión de la que es responsable Danone, S.A., por considerar que constituía un supuesto de publicidad contraria al principio de legalidad (norma 2 del Código de Conducta Publicitaria) en relación con el Reglamento CE 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos. La Sección Segunda del Jurado desestimó la reclamación.
|
|
|
|
Mediaciones
|
Asociación de Usuarios de la Comunicación vs - Snack Ventures, S.A.
|
|